Antonio Hernández | Expansión | Cuartoscuro
El Congreso de Oaxaca busca convertirse en la segunda entidad del país que permita la interrupción legal del embarazo antes de las 12 semanas de gestación.
El proyecto impulsado por legisladoras morenistas pretende modificar el artículo 12 de la Constitución local, así como los artículos 312, 313, 315 y 316 de su Código Penal.
Las reformas ya fueron aprobadas por la comisiones de Estudios Constitucionales, y la de Administración y Procuración de Justicia.
Se tiene previsto que este miércoles sean votadas en el Pleno en medio de manifestaciones convocadas por grupos a favor y en contra que llamaron a concentrarse en el recinto legislativo de Oaxaca, que citó a sesionar a las 11 am.
Las reformas pretenden permitir la interrupción legal del embarazo a antes de las 12 semanas, quitar el concepto de protección de la vida desde la fecundación, agregar la causal de aborto por riesgos a la salud de la mujer embarazada, incluir el trabajo comunitario como condena a quien cometa el delito de aborto o lo realice en lugar de solo prisión y agrega que no es necesaria una denuncia de por medio para realizarse una interrupción legal del embarazo en caso de violación, entre otros cambios.
En abril de 2007, la entonces Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) cambió el Código Penal local para permitir que cualquier mujer pueda interrumpir su embarazo antes de las 12 semanas y desde entonces ninguna entidad ha aterrizado reformas similares.
¿Cuáles son los cambios?
El proyecto pretende modificar el artículo 12 de la Constitución de Oaxaca que en su párrafo octavo dice:
“En el Estado de Oaxaca se protege y garantiza el derecho a la vida. Todo ser humano desde el momento de la fecundación entra bajo la protección de la ley y se le reputa como nacido para todos los efectos legales hasta su muerte natural. Los habitantes del Estado tienen todas las garantías y libertades consagradas en esta Constitución, sin distinción alguna de su origen, raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política, condición o actividad social».
Para quedar de la siguiente manera:
«En el Estado de Oaxaca se protege y garantiza el derecho a la vida. La vida es un derecho inherente a toda persona, los habitantes del estado gozarán de todos los derechos y libertades consagradas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano forma parte, esta Constitución y las leyes que de ella emanen, sin distinción alguna de su origen, raza, color, sexo, preferencia sexual, identidad de género, edad, idioma, religión, opinión política, condición o actividad social».
Es decir, se quita el concepto de protección a la vida desde la fecundación y se agregan los conceptos preferencia sexual e identidad de género.
También se plantean reformas a los artículos 312, 313, 315 y 316 del Código Penal de Oaxaca.
Actualmente el artículo 312 actualmente señala:
«Aborto es la muerte del producto de la concepción en cualquier momento de la preñez».
Con la reforma quedaría de la siguiente manera:
«Aborto es la interrupción del embarazo después de la décima segunda semana de gestación.
Para los efectos de este código, el embarazo es la parte del proceso de la reproducción humana que comienza con la implantación del embrión en el endometrio».