La Comisión de Procuración y Administración de Justicia de la LXI Legislatura aprobó el dictamen -con 5 votos a favor y una abstención-, mediante el cual se reforma el Código Penal del Estado, para establecer que el aborto es la interrupción del embarazo después de la décimo segunda semana de gestación.
Las reformas se realizaron a los artículos 339, 340, 341, 342 y 343 del Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla; en las modificaciones, se establece que se impondrán de seis meses a un año de prisión a la mujer o persona gestante que voluntariamente procure su aborto o consienta que otro la haga abortar, después de las 12 semanas de embarazo.
Además, se precisa que, al que hiciere abortar a una mujer o persona gestante con consentimiento de ella, después de la décimo segunda semana de gestación, se le aplicarán de uno a tres años de prisión, sea cual fuere el medio que empleare.
En las reformas, se considera el aborto forzado como la interrupción del embarazo, en cualquier momento de la gestación, sin el consentimiento de la mujer o persona gestante, hecho que se castigará con cuatro a ocho años de prisión; la pena será de ocho a 10 años de prisión si se aplica violencia física o moral.
Con cinco votos a favor, 0 en contra y una abstención se aprobó en la Comisión de Procuración y Justicia el dictamen en el que se reforma el Código Penal del Estado de #Puebla, para despenalizar el #aborto hasta las 12 semanas de gestación 💚💜 pic.twitter.com/SVXitxCseE
— Revista 360 Grados (@revista360) July 12, 2024
Como parte del dictamen, se estableció que el aborto no será sancionable en los siguientes casos: cuando sea causado solo por imprudencia de la mujer o persona gestante; cuando el embarazo sea el resultado de una violación o de una inseminación artificial no consentida; cuando de no provocarse el aborto, la mujer o persona gestante corra peligro de muerte.
Asimismo, cuando a juicio de un médico especialista exista razón suficiente para diagnosticar que el producto presenta alteraciones genéticas o congénitas que puedan dar como resultado daños físicos o mentales en el mismo, siempre que se determine mediante dictamen médico y se tenga el consentimiento de la mujer o persona gestante.
Durante la discusión del dictamen, los diputados José Miguel Espinosa de los Monteros Gil y Fernando Sánchez Sasia señalaron que es necesario analizar el tema a fondo, para tomar en cuenta las diferentes voces, así como atender las dudas respecto a las implicaciones que tendrán estas reformas.
La sesión fue encabezada por el diputado Eduardo Alcántara Montiel, además, estuvieron presentes las y los legisladores Gerardo Hernández Rojas, Yolanda Gámez Mendoza, Silvia Tanús Osorio, Patricia Valencia Ávila, Fernando Sánchez Sasia, Eliana Angélica Cervantes González, Xel Arianna Hernández García y José Miguel Espinosa de los Monteros Gil.