María Navarro | Forbes
La jornada del martes ,después de una audiencia que se alargó aproximadamente 11 horas y que se llevó a cabo a puerta cerrada, el juez de control Artemio Zúñiga Mendoza, determinó vincular a proceso a Emilio Lozoya, ex director de Petróleos Mexicanos (Pemex), por los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita en el caso de la compra irregular de Agronitrogenados.
La Fiscalía General de la República (FGR) no solicitó prisión preventiva, por lo que se determinó que Lozoya permanecerá en el hospital privado al que arribó cuando fue extraditado de Madrid a la Ciudad de México.
Los medios de comunicación e interesados en dar seguimiento a este proceso penal pudieron conocer los detalles de la audiencia únicamente a través de un grupo de mensajería habilitado en Whats App coordinador por el Consejo de la Judicatura Federal.
Sin embargo, este proceso no sólo viola el principio de máxima publicidad para las audiencias penales, sino que podría provocar que se desconfíe de la parte acusadora, señaló Eduardo Bohórquez, director ejecutivo de Transparencia Mexicana.
“El mayor riesgo es que se desconfíe de la parte acusadora o que se especule sobre posibles componendas, especialmente si vas a utilizar el criterio de oportunidad, sobre el caso de Agronitrogenados, el caso Odebrecht, puede generar desconfianza en el proceso y eso no le conviene a nadie”, afirmó en entrevista con Forbes México.
La defensa de Lozoya solicitó a la FGR la aplicación de un criterio de oportunidad, toda vez que señaló el imputado fue utilizado “en su calidad de instrumento no doloso, en el marco de un aparato organizando de poder” y aseguró que en el momento oportuno denunciaría los hechos cometidos y las personas responsables, así como los cargos que ocupaban.
“Habrá que ver si en todos los delitos que se le imputan aplica el criterio oportunidad, pero hay que tener mucho cuidado porque el Código de Procedimientos Penales deja muy claro que no en todos los casos se puede utilizar el criterio de oportunidad y especialmente establece que cuando es un asunto de interés público no se puede aplicar. Entonces la Fiscalía tienen que ser más clara de en qué casos está aplicando el criterio de oportunidad y a cambio de qué, porque te puedo decir muchos nombres de senadores pero eso no es suficiente como para que me exoneres de un cargo”, señaló Bohórquez.
Agregó que toda vez que la audiencia se llevó a cabo a través de videoconferencias, ésta se pudo haber hecho pública.
Además de la audiencia de ayer, este miércoles se presenta a las 9:30 horas la audiencia inicial para la causa penal del caso “Odebrecht”, por el que se acusa al ex director de Pemex de favorecer contratos gubernamentales para la empresa brasileña de construcción Odebrecht, a cambio de sobornos.
Ambas se llevan a cabo a través del sistema de video conferencias debido a las restricciones de distanciamiento social que impone la pandemia por Covid-19, en tanto que los medios de comunicación únicamente permitieron el seguimiento a través de un chat de whats app especialmente habilitado para el caso.
Criterio de oportunidad
El Código Nacional de Procedimientos Penales en el articulo 256 señala que el criterio de oportunidad opera cuando se trate de delitos de contenido patrimonial cometidos sin violencia sobre las personas o de delitos culposos y el imputado aporte información esencial y eficaz para la persecución de un delito más grave del que se le imputa y se comprometa a comparecer en juicio.
También señala que el criterio de oportunidad no podrá aplicarse en los casos de de delitos fiscales o aquellos que afecten gravemente el interés público.
En tanto que el artículo 257 señala que cuando el imputado ofrezca información esencial y eficaz para la persecución de un delito más grave se suspenderá el ejercicio de la acción penal, así como el plazo de la prescripción de la acción penal, hasta en tanto el imputado comparezca a rendir su testimonio en el procedimiento respecto del que aportó información.
La FGR, Pemex y la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) solicitaron la vinculación a procedo contra Lozoya a proceso por este caso.
Cabe destacar que la Fiscalía señaló que la transacción para adquirir Agronitrogenados se llevó a cabo una inversión de 275 millones de dólares, de los cuales 264 correspondían a activos y 11 millones de dólares por inmuebles. Sin embargo, PMI Holding autorizó un incremento de 285 millones de dólares, por lo que el precio de esta plata ascendió a 485 millones de dólares.